|
Escena de Carnaval, Goya |
“Manda el Rey nuestro Señor, y en su Real nombre la Sala de Alcaldes de
su Casa y Corte: que desde hoy y siguientes días de Carnaval, ninguna persona sea osada a tirar en
las calles, sitios públicos de plazas y paseos de ella, huevos con agua, harina, lodo ni otras cosas con que se pueda
incomodar a las gentes y manchar los vestidos y otras ropas, y echar agua clara, ni sucia de los
balcones y ventanas, con jarros, xeringas, ni otro instrumento, ni se de con pellejos, vexigas no otras
cosas. Que no se echen mazas a
persona alguna, a los perros, ni otros animales; pena a qualqiera que
contraviniese a lo referido en todo o en parte de ello de 20 ducados, y 15 días de prisión en la Cárcel Real de esta Corte; y
a los contraventores que fuesen criados o criadas de servicio, la pena impuesta
se entenderá con sus amos; y las multas desde luego se aplican, la mitad a los
pobres presos de la Cárcel Real de esta Corte, y la otra mitad a los Ministros
Oficiales de la Sala, que se hallasen de Repeso, y a todos los demás, aunque no
lo estén, quienes de lo que resultase darán inmediatamente cuenta al Señor
Gobernador de la Sala, o a cualquiera de los Alcaldes. Y para que en caso de
contravención no se pueda alegar ignorancia, se manda que por voz de Pregonero, y en la forma ordinaria se publique este
Bando en los parages acostumbrados de esta Corte; y que de el se fixen copias
autorizadas de Don Ignacio Antonio Martínez, Escribano de Cámara más antiguo y
de Gobierno de la Sala. Y lo señalaron en Madrid
a 22 de Febrero de 1800.”
En los años finales del
siglo XVIII la fiesta de carnaval era una celebración pública y muy popular en
algunos países con tradición ortodoxa o
católica como Rusia o Italia. Este festejo, que se realiza
antes de la Cuaresma cristina tenía, en 1800 y
en nuestro país, un gran
arraigo entre sus gentes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario